TAX LEASE

El pasado 14 de abril, la Sala Seis del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictó Sentencia rechazando el Recurso interpuesto por  Netherlands Maritime Technology Association, encargada de representar los intereses de los astilleros holandeses, sobre la Decisión adoptada por la Comisión en 2012 y por la que autorizaba el sistema de Tax lease.

De esta forma, se declara la legalidad del “nuevo” sistema español de “amortización anticipada de bienes adquiridos mediante arrendamientos financieros”conocido como Tax Lease.

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El nuevo régimen “permitirá deducir fiscalmente el coste de determinados activos adquiridos me-diante arrendamiento financiero desde el inicio de su construcción, sin esperar a que sean explotados comercialmente. Complementa así la posibilidad, que ya tenían los contribuyentes españoles, de acelerar la deducción de este coste en función de los pagos efectuados en el marco de un contrato de arrendamiento financiero”.

El sistema que la Comisión reconoce no se considerará como Ayuda de Estado, y será de aplicación a cualquier bien adquirido mediante arrendamiento financiero siempre y cuando no se fabriquen en serie y que su periodo de fabricación sea como mínimo de un año.

El sistema será de aplicación independientemente de que el bien esté fabricado dentro o fuera de España y, contrariamente a lo que sucedía con el anterior régimen, la medida será de aplicación automática, no estando sujeta a la aprobación previa de la administración fiscal.

No cabe la menor duda que son muy buenas noticias para el sector marítimo español.