Nuevo marco jurídico para la actividad del transporte

El día 25 de julio entra en vigor la nueva Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, un texto que nace con el objetivo de mejorar la competitividad de las empresas y que las dota de mayor profesionalización.

Tras más de un cuarto de siglo, nuestro país cuenta con un nuevo marco jurídico que, de acuerdo con la línea marcada por la UE, propiciará una mejor estructuración empresarial de la oferta de transporte mejorando el tamaño y equipamiento de las empresas, incidiendo en temas claves como la formación y tecnología. También reducirá las restricciones mercantiles y eliminará cargas administrativas innecesarias.

Y es que España cuenta con un sector del transporte mucho más atomizado que otros países de nuestro entorno. De un total de 466.000 vehículos autorizados para el transporte de mercancías, el 65,8% corresponde a empresas específicas de transporte y el 34,2% restante a flotas de empresas no transportistas. Así, la media de vehículos por empresa en España es de 3,4 frente a los 5 en Alemania, los 5,6 en Portugal, los 5,8 de Francia o los 7,5 de Holanda.

Además, con el desarrollo de la nueva Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres se regulan, con total adaptación a los Reglamentos europeos, áreas específicas como son la gestión de los servicios públicos de transporte de viajeros por carretera y ferrocarril, el acceso a la profesión de transportista y al mercado de transporte internacional de mercancías y viajeros.

Entre las principales novedades que aporta la Ley hay que destacar la regulación más pormenorizada del Registro de Empresas y Actividades de Transporte y su coordinación por medios electrónicos con el Registro mercantil. Asimismo, se actualiza la cuantía hasta la que se presume la existencia de un acuerdo de sometimiento al arbitraje de las Juntas Arbitrales de Transporte. También se modifica la definición de transporte ferroviario para armonizarla con la Ley del Sector Ferroviario.

En cuanto a la reducción de cargas administrativas, se establece la eliminación de la autorización de Operador de Transporte para el caso de transportistas que ya disponen de autorización de transporte de viajeros y con determinados condicionamientos, en el caso de transporte de mercancías.

Asimismo, se contempla la eliminación del cumplimiento de los requisitos impuestos por la normativa comunitaria para los transportistas que pretendan obtener autorización de transporte público de mercancías con vehículos ligeros de entre 2 y 3,5 de masa máxima autorizada.

Y se incluye la posibilidad de que las empresas de transporte no tengan que presentar los documentos relativos al domicilio y capital social una vez que se coordine el Registro de Empresas y Actividades de Transporte con el Registro Mercantil.

En definitiva, se busca dotar de una mayor eficacia empresarial al sector del transporte en nuestro país en una ley consensuada entre todos los actores implicados.